La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo ordenó el traslado de los restos del coronel Francisco Alberto Caamaño Deñó al Panteón de la Patria, tal como le fue ordenado por la Ley número 4-13, el día 15 de enero del pasado año.
La disposición está contenida en la sentencia 040-2014, la cual ordena además que el traslado sea realizado en un plazo no mayor de quince, contados a partir de la notificación de esta sentencia.
Sin embargo, el ministro de Cultura, José Antonio Rodríguez, advirtió que se acatará la sentencia, pero con los restos reales del Coronel de Abril.
Informó que la Comisión designada por ley para la exaltación de Francisco Alberto Caamaño Deñó recurrirá en revisión ante el Tribunal Constitucional la sentencia dada a conocer este ayer.
“Nosotros somos los primeros interesados de llevar el cuerpo del Coronel de Abril al Panteón Nacional, pero tienen que decirme cuáles restos. Nosotros somos los primeros que estamos dispuestos a acatar esa decisión del Tribunal, pero me tienen que decir cuáles restos, porque esos no son”, dijo el funcionario.
Advirtió que el Ministro de Cultura irá al Panteón Nacional a llevar los restos del coronel Caamaño, cuando los tengan.
“Estos restos no podemos llevarlos, los de Caamaño sí. El Instituto Nacional de Ciencias Forenses dijo que esos no son los restos, y por esas razones no podemos llevar al Panteón unos restos que no pertenecen a los de Francisco Alberto Caamaño”, manifestó.
De su lado, Claudio Caamaño se mostró complacido con la sentencia y dijo que se reunirá con las autoridades competentes para organizar la ceremonia para llevar de forma definitiva los restos de Caamaño Deñó a su última morada.
La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, presidida por el juez Federico Fernández de la Cruz, acogió el amparo de cumplimiento interpuesto por Nathaly Ramírez Díaz y Claudio Antonio Caamaño Vélez contra el Ministerio de Cultura y la Comisión de Exaltación del coronel Caamaño Deñó, creada por la Ley 4-13.
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